Manifestación de Valor: Todo lo que debes saber - Desteia
Manifestación de Valor: Todo lo que debes saber
Iniciando el 9 de diciembre, toda empresa que importe mercancía a México deberá entregar una Manifestación de Valor Electrónica (MVE) a las autoridades aduaneras. Este cambio agrega una gran responsabilidad a importadores, en un esfuerzo por aumentar la transparencia en el comercio exterior en México. Salvo ciertas excepciones, este requisito aplicará a toda empresa que desee traer carga del extranjero a México.
¿Qué es la Manifestación de Valor?
La manifestación de valor es una declaración ante las aduanas mexicanas de la mercancía importada por una empresa o individuo. Es un reporte ante el gobierno mexicano de los objetos que se traen al país y su valor monetario. Por lo general, es un documento que el importador otorga a su agente aduanal quien, a su vez, lo entrega a las autoridades correspondientes con la documentación necesaria para permitir la entrada de mercancía al país.
Esta manifestación también es conocida como el Formato E2 ( descarga aquí), que se presenta en físico ante las autoridades aduanales.
¿Qué es la Manifestación de Valor Electrónica (MVE)?
La Manifestación de Valor Electrónica (MVE) es una declaración digital ante las autoridades aduaneras mexicanas. Más que un documento, es un proceso digital que se presenta ante la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM). Debe presentarse como parte de la documentación necesaria para generar el pedimento de importación. Es decir, sin la Manifestación de Valor Electrónica, el importador no podrá declarar ante aduanas la entrada de mercancías ni pagar los impuestos correspondientes.
El propósito de la Manifestación de Valor Electrónica es que el importador declare el valor de los bienes importados, así como la fuente del valor de dichos bienes. Es decir, que pruebe cuánto costaron los productos que trae a México y los componentes de este costo.
Este es un nuevo proceso que tiene como objetivo reemplazar las manifestaciones de valor físicas y mantener un mejor registro de operaciones aduaneras. Fue propuesta
¿Qué herramientas existen para llenar la Manifestación de Valor Electrónica?
En Desteia, sabemos que encontrar los documentos necesarios para la manifestación de valor y extraer datos relevantes puede ser un proceso tardado y tedioso. Por eso, creamos una herramienta que organiza tus documentos automáticamente, genera los formatos necesarios para la Manifestación de Valor y te ayuda a subirla a VUCEM. Nuestro producto se integra a canales de comunicación de tu empresa, usando inteligencia artificial para identificar y clasificar tus documentos, organizándolos por importación. Así mismo, comparamos información entre tus documentos para asegurar que la información entre cada uno sea congruente, reduciendo el riesgo de multas.
¿Cuándo debo presentar una Manifestación de Valor Electrónica?
De acuerdo con la regulación, los importadores deberán presentar una Manifestación de Valor Electrónica por cada importación que hagan a partir del 9 de diciembre del 2025. Sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció una prórroga hasta el 1 de abril del 2026. Es decir, el requisito es necesario desde el 9 de diciembre del 2025 pero no será exigible hasta el 1 de abril de 2026 ni se impondrán multas por incumplimiento hasta esa fecha.
A diferencia de pedimentos recurrentes, la Manifestación de Valor Electrónica debe presentarse para cada importación individual. Como mencionamos en la sección anterior, la Manifestación de Valor Electrónica será un prerrequisito para generar el pedimento de importación. Además que, en las nuevas estipulaciones del reglamento de ley aduanera se establece que los importadores deberán mantener una copia de la Manifestación de Valor Electrónica por cinco años después de ser emitida. Esto último en caso de auditorías o de ser requerido por el gobierno mexicano.
¿Quiénes están exentos de presentar la Manifestación de Valor Electrónica (MVE)?
No todas las empresas tienen que presentar la Manifestación de Valor Electrónica de acuerdo con las nuevas regulaciones emitidas por el gobierno mexicano. En particular, hay dos grupos que quedan exentos:
- Empresas automotrices: Siempre y cuando sean parte del esquema específico de depósito fiscal.
- Importadores que introduzcan carga temporalmente: Para ser más específicos, se prevén los siguientes casos:
- Importación de mercancía exportada definitivamente que no retornó dentro del plazo del art. 103 de la Ley Aduanera.
- Importación de mercancía sin pagar IGI de mercancías nacionales o nacionalizadas exportadas definitivamente, sin modificaciones en el extranjero y dentro de 1 año como especifica el art. 103 de la Ley Aduanera.
- Retorno de mercancías exportadas temporalmente al amparo del art. 116, fracc. I, II y III de la Ley Aduanera.
- Importaciones temporales señaladas en el art. 106, fracc. II inc. a) o IV inc. b) de la Ley Aduanera.
¿Qué documentos necesito para la Manifestación de Valor Electrónica (MVE)?
Los documentos esenciales son:
- Factura comercial
- Conocimiento de embarque, lista de empaque, guía aérea o demás documentos de transporte
- Certificados de origen
- Comprobante de pago de las mercancías
- Carta Portes, recibos de seguros y otros costos relacionados con el transporte de mercancías
- Todo contrato relacionado con las mercancías.
- Todo documento que sostenga gastos incrementales.
¿Qué es el Formato E2?
El formato E2 es el formato oficial que condensa la información de la Manifestación de Valor. Puedes pensarlo como el molde que contiene todos los datos de la Manifestación de Valor en un solo documento. Si necesitas una copia del Formato E2, puedes descargarlo aquí. A partir del cambio a la Manifestación de Valor Electrónica, este formato pasará a ser irrelevante.
¿Desde cuándo debo presentar la Manifestación de Valor?
El requisito de presentar la Manifestación de Valor entrará en vigor el 9 de diciembre del 2025.
¿Qué debo preparar antes de presentar una Manifestación de Valor?
Antes de iniciar, es crucial que cumplas dos pasos:
- Recolecta todos los documentos necesarios para la Manifestación de Valor.
- Genera un Acuse de Valor (COVE) para el pedido en cuestión.
¿Cómo se presenta la Manifestación de Valor Electrónica?
Siguiendo los lineamientos oficiales del gobierno mexicano, hemos reconstruido una guía paso a paso de cómo enviar una Manifestación Electrónica por medio de VUCEM:
1. Accede a VUCEM
El primer paso es entrar a VUCEM, el sitio oficial del gobierno mexicano para procesos aduaneros. El enlace es el siguiente: https://www.ventanillaunica.gob.mx/vucem/Ingreso.html
Debes presentar la siguiente información relevante:
- Certificado (cer)
- Clave Privada (key)
- Contraseña de la Clave Privada
2. Inicia el trámite de Manifestación de Valor
Una vez dentro de VUCEM, presiona el botón “trámites”. Deberás presionar “solicitudes nuevas”.
3. Captura tu solicitud
El portal de VUCEM te redirigirá automáticamente a una pantalla para presentar la información del solicitante.
4. Acuse de Valor (COVE) y Valor en Aduana.
Deberás presentar información del Acuse de Valor (COVE) de la operación de importación.
5. Requisitos necesarios (especificar documentación)
Especificar los documentos relevantes para tu Manifestación de Valor.
6. Anexar requisitos (subir documentación)
Subir los documentos especificados en el paso anterior, en formato PDF que pesen menos de 3 MB.
7. Firmar tu solicitud
Debes subir tu Certificado (cer), Clave privada y la Contraseña de clave privada en la plataforma.
¿Qué multas pueden aplicar por errores o falta de documentación en la Manifestación de Valor Electrónica?
En caso que presentes una manifestación de valor con información o documentación faltante, podrías ser acreedor de una multa de entre $2,330 a $3,310 por importación.